Desmentir mitos legales y fiscales para los ciudadanos estadounidenses que trabajan de forma remota
Escrito por Alexander Stylianoudis de Asuna Co. y Miguel Alexander Centeno deImpuesto de economía compartida.
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD
Este material ha sido preparado únicamente con fines informativos y no pretende proporcionar, ni se debe confiar en él, asesoramiento fiscal, legal o contable. Debe consultar a asesores fiscales, legales y contables antes de realizar cualquier transacción y/o presentar sus impuestos. Además, este artículo ha sido diseñado y escrito para ciudadanos, contribuyentes y empresas estadounidenses.
Desde hilos de Reddit hasta publicaciones de blogs casi autorizadas, las implicaciones legales y fiscales que rodean a la comunidad nómada digital son tan incomprendidas como la mecánica cuántica. Como profesionales legales y contables de Asuna y Shared Economy Tax, a menudo miramos esas publicaciones de blog con la misma preocupación y reservas que los médicos miran ante las limpiezas de jugos de un mes.
La verdad es que las respuestas a situaciones tan singulares rara vez son sencillas; si lo fueran, nuestro código fiscal no tendría más de 2600 páginas. Una razón de esta falta de simplicidad radica en la dependencia del contexto del asunto –que, en esencia, intenta reflejar la situación del individuo mismo. Por esa razón, no debe tomar los siguientes consejos al pie de la letra. En lugar de ello, considérelo como un posible punto de partida para futuras investigaciones, con suerte dirigidas por profesionales capacitados.
En este artículo, repasaremos las preguntas legales y financieras más frecuentes que encontramos. Dada la complejidad de este campo, agradecemos especialmente a Miguel Alexander Centeno, socio director de Impuestos de Economía Compartida, por su inestimable ayuda y contribución.
La primera parte abordará las legalidades de trabajar desde un país diferente (es decir, ¿puedo trabajar legalmente de forma remota mientras disfruto de mi genmaicha matutina desde mi ático en Poblado)?
Abordaremos específicamente las siguientes inquietudes:
- ¿Puedo ejercer legalmente mis actividades profesionales en otro país? y
- ¿Necesito una visa de negocios (mi empleador necesita expedirme una visa de negocios)?
La segunda parte abordará las diversas implicaciones fiscales asociadas al trabajo remoto y los mitos irresponsables que los rodean.
Se abordarán los siguientes asuntos;
- ¿Cómo se ve afectada mi obligación tributaria mientras estoy en el extranjero?
- ¿La obligación tributaria corporativa de mi empleador se ve afectada por tener trabajadores remotos? y
- ¿Qué es la FEIE y qué no es?
Puedes escapar del“9 a 5”; No la ley
A pesar de la creencia popular, los nómadas digitales no son vagabundos transgresores que acatan las reglas de ninguna tierra y se esconden en paraísos seguros llamados “espacios de coworking”. Si bien nuestra capacidad para trabajar desde diferentes países se ha simplificado cada vez más, la esencia de ser un trabajador extranjero temporal no es un concepto completamente nuevo.
De hecho, entrar a un país con una “visa de turista” no significa que sólo se te permita acaparar el carril izquierdo en las escaleras mecánicas de Londres, tomarte selfies inapropiadas frente a monumentos conmemorativos de guerra o grabar tu nombre en sitios históricos. En muchos casos, se le permitirá ingresar a un país, por un período determinado, con “fines turísticos o comerciales”.
Sin embargo, esto no significa que puedas entrar a cualquier país, realizar la actividad que quieras y hacerlo con quien quieras. Si bien trabajar de forma remota desde un país diferente puede ser perfectamente legal, a menudo viene incluido en una gran cantidad de regulaciones, así que analicémoslas.
Sí, puedes trabajar de forma remota desde otro país
Sí, en muchos países, los ciudadanos estadounidenses podrán realizar actividades comerciales nacionales y así permanecer en un país con “fines comerciales” por hasta 90 días. Por ejemplo, esos países incluyen, entre otros,Argentina,Colombia,Portugal,España, ySudáfrica.
En muchos casos, podrá ejercer sus actividades profesionales con la misma legitimidad que lo haría en su país. Esto significa trabajar en sus tareas diarias, realizar videoconferencias e incluso reunirse con clientes cara a cara.
Mientras no se quede más allá de su visa, permanezca vinculado contractualmente a su empleador nacional, no participe en actividades reguladas (por ejemplo, medicina/derecho/enseñanza) y continúe recibiendo pago de su empleador nacional, no estará transgrediendo su “objetivo comercial”.
Por lo tanto, no necesita una visa de negocios para realizar sus actividades profesionales nacionales mientras se encuentra en el extranjero. Sin embargo, para las empresas que tienen una subsidiaria extranjera en el país donde el empleado estadounidense presta servicios, y en la medida en que el empleado preste servicios en nombre de esa entidad extranjera, una visa de negocios puede ser necesaria y requerida.
Cosas que te meterán en problemas
Si bien puedes trabajar de forma remota desde una pintoresca cafetería parisina, eso no te da derecho a empezar a trabajar para esa cafetería. De hecho, ni siquiera se le permite solicitar empleos locales, asistir a entrevistas de trabajo locales o contratar mano de obra local. Esto significa que si quieres trabajar en ese lindo café parisino, o en cualquier otro trabajo, tendrás que presentar tu solicitud desde Estados Unidos.
De manera similar, sus actividades profesionales mientras esté en el extranjero siempre estarán determinadas en gran medida por las de sus empleadores nacionales o por la naturaleza de sus operaciones como autónomo. Por ejemplo, no se le permitirá hacerlo;
- trabajar para un empleador local (incluidas las subsidiarias);
- emplear, contratar, solicitar o realizar transacciones de cualquier manera con la fuerza laboral nacional;
- vender, suministrar, contratar o atender a clientes nacionales.
En la gran mayoría de los casos, sus actividades estarán sujetas a muchas regulaciones y restricciones. Por lo tanto, no ingrese a un país tranquilo, suponiendo que esté bien para usted trabajar allí. Investiga qué puedes hacer, en qué contexto, durante cuánto tiempo y en qué medida.
Cosas a tener en cuenta
¡Deja de leer esos artículos sobre “Cómo permanecer en Europa durante más de 90 días”!
No se quede más tiempo que su visa.
Permanecer en Europa incluso un día más puede resultar en una multa de 1.200 € y una prohibición de 5 años de la Unión Europea. Como dice Triber Dan Sloan: "Son 90 de 180 días. ¡Entonces necesitas GTFO!".
En segundo lugar, no todos los países tienen los mismos tratados de inmigración con Estados Unidos. Si te parecía bien trabajar de forma remota en Japón, puede que ese no sea el caso en Vietnam, por ejemplo. Muchos países del sudeste asiático tienen normas de inmigración estrictas, normas que pueden resultar increíblemente costosas si se transgreden.
Implicaciones fiscales de trabajar de forma remota
Tanto la comunidad nómada digital como sus empleadores suelen malinterpretar las implicaciones fiscales asociadas al trabajo a distancia. En un extremo del espectro tenemos departamentos de recursos humanos demasiado entusiastas que asumen fácilmente que la tasa impositiva corporativa de una corporación multinacional se verá afectada por los viajes de un solo empleado, y en el otro, empleados que piensan que el dinero ganado en el extranjero no está sujeto a impuestos en Estados Unidos.
Para desacreditar algunos de los mitos y tal vez brindar algo de claridad sobre asuntos tan turbios como el río Hudson, hemos presentado algunas respuestas a las preguntas que recibimos regularmente.
Como empleador
¿Nuestra obligación tributaria se verá afectada si nuestro empleado trabaja de forma remota desde el extranjero? Si no, ¿en qué circunstancias cambiará?
Siempre que las normas de EE. UU. se apliquen a ese empleado y ese empleado esté realizando un trabajo que beneficie a la entidad de EE. UU., aún puede realizar una deducción sobre ese empleado como empresa de EE. UU. Para las empresas que tienen una subsidiaria extranjera con un establecimiento permanente en el país donde el empleado estadounidense presta esos servicios, y en la medida en que el empleado esté brindando servicios para esa entidad extranjera, entonces pueden surgir complicaciones.
¿Se pueden lograr ahorros fiscales o mayores obligaciones fiscales al tener trabajadores remotos?
Normalmente no a ambos. Como empleador, es su responsabilidad retener impuestos, realizar los pagos de impuestos sobre la nómina asociados y permitir que el empleado maneje las excepciones y deducciones por su parte.
Como empleado y/o autónomo
¿Mi obligación tributaria se verá afectada si trabajo desde fuera de los EE. UU.? Si no, ¿en qué circunstancias cambiará?
En lo que respecta a las normas técnicas, los impuestos estadounidenses siguen aplicándose a menos que se pueda reclamar una exclusión. En la práctica, es posible que tenga derecho a ciertas deducciones asociadas con el trabajo remoto que pueden clasificarse como gastos comerciales. Sin embargo, antes de comenzar a deducir su café de aeropuerto de $12, hable con su contador sobre qué se puede deducir y en qué medida.
¿Debo informar al IRS que trabajé de forma remota desde un país extranjero? Si no, ¿en qué circunstancias tendría que hacerlo?
Es necesario revelar su lugar de trabajo. Si es un profesional independiente y solicita la FEIE, entonces la dirección de su empresa en su declaración de impuestos debe reflejar la ubicación en el extranjero.
¿Se puede ahorrar algún impuesto al trabajar de forma remota?
Si se puede reclamar la exclusión, sí. Si puede realizar un seguimiento correcto de las deducciones asociadas con el trabajo remoto y los viajes, entonces puede haber deducciones que generen ahorros fiscales.
Exclusión de Ingresos del Trabajo Extranjero “FEIE”
Tres palabritas que más me duelen son “presentarse a la FEIE”.
Sí, si cumple con una lista exhaustiva de requisitos, puede calificar para FEIE y, en algunos casos excepcionales, no pagar impuestos para ese año. Sin embargo, esos casos son increíblemente raros, principalmente debido a los estrictos requisitos en torno a la “presencia sustancial”.
Existen dos pruebas específicas para calificar para la FEIE: (1) la prueba de residente Bona Fide y (2) la prueba de presencia física.
Para darle una idea de lo estrictos que son, para ser residente fiscal de buena fe es necesario tener una residencia oficial en un país extranjero y pagar impuestos allí. Para calificar para la prueba de presencia física, realmente necesita haber pasado 330 días fuera de los EE. UU. (las escalas y los días de vuelo cuentan).
También tenga en cuenta que si sus ingresos provienen de EE. UU., no son excluyentes. Lo más probable es que no califiques. La mayoría de las personas leen blogs y artículos anteriores a 2019 y asumen fácilmente que de facto calificarán porque algunas cosas se aplican a ellos. Las normas fiscales son mucho más específicas que los blogs, así que tenga cuidado. Además, las recientes reformas fiscales impulsadas por la administración Trump han abordado muchas aplicaciones prácticas de la FEIE.
Los cinco puntos principales que deseamos que comprendan la mayoría de las personas que hablan sobre FEIE incluyen:
¡Todavía tienes que presentar tus impuestos!
No importa qué tan convencido esté de su capacidad para pagar el 0% de sus ingresos, el Servicio de Impuestos Internos tendrá la última palabra al respecto y, como tal, debe declarar sus ingresos.
Como regla general, si tiene un pasaporte estadounidense o una tarjeta verde, debe presentar sus impuestos.
La FEIE es una elección que se realiza en su declaración de impuestos y que requiere que usted explique sus ingresos en el extranjero, el motivo de su exclusión y su historial de viajes durante ese año fiscal. El IRS tiene la capacidad de verificar los registros aduaneros, por lo que desea que su Formulario 2555 (Exclusión de ingresos del trabajo en el extranjero) esté impecable.
Tu voluntad de ingresos pasivos. No. Ser. Excluido.
Esto significa que sus actividades pasivas, como ganancias de capital, negociación de acciones, negociación de divisas, negociación de criptomonedas, ingresos de pensiones, distribuciones de cuentas IRA, ingresos por alquileres, beneficios de seguridad social, etc., estarán sujetas a impuestos sin excepción.
¡El impuesto sobre el trabajo por cuenta propia no está excluido!
Las personas que trabajan por cuenta propia pueden utilizar la FEIE para excluir sus primeros $107,600 (2020) de ingresos activos del impuesto sobre la renta, pero esto no eliminará ningún impuesto sobre el trabajo por cuenta propia (es decir, el Seguro Social y Medicare) que puedan adeudar. Deben pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia sobre la totalidad de sus ganancias netas, incluso la cantidad que excluyeron del impuesto sobre la renta.
La tasa impositiva sobre el trabajo por cuenta propia es del 15,3 % sobre ingresos de hasta $137 700 y del 2,9 % sobre cualquier ingreso superior a esa cantidad (2020). Por lo tanto, si ganó $100,000 a través del trabajo por cuenta propia durante el año fiscal, podría excluir los $100,000 completos a través de la FEIE para ahorrar $24,000 en impuestos federales sobre la renta, pero aún tendría que pagar $15,300 en impuestos sobre el trabajo por cuenta propia.
Para quienes trabajan por cuenta propia, la clave para minimizar el impuesto al trabajo por cuenta propia es verse a sí mismos como una empresa. La fórmula es sencilla; Primero realice un seguimiento y luego aumente las deducciones permitidas. Las deducciones comerciales pueden incluir cualquier cosa utilizada en la realización de su negocio que sea tanto "ordinaria" como "necesaria" para administrar su negocio.negocio.
Los elementos clave incluyen computadoras y hardware, suscripciones en línea, gastos de contratistas y partes de gastos generales como alquileres y viajes. Para un nómada digital, una parte de todos sus gastos puede estar relacionada con su actividad empresarial. La ventaja de las deducciones comerciales es que no sólo limitan sus impuestos federales sobre la renta, sino que también reducen sus impuestos sobre el trabajo por cuenta propia.
Ver también:Las mejores vacaciones laborales para ciudadanos del Reino Unido
Impuestos estatales y municipales
La mayoría de los estados de EE. UU. harán coincidir la FEIE con sus requisitos de presentación estatales.
Sin embargo, si normalmente tiene su domicilio en California, Nueva York, Colorado, Virginia o Carolina del Sur, puede estar sujeto a responsabilidad tributaria estatal y municipal, independientemente de su estado FEIE. California es famoso por ser un estado que impone impuestos sobre la renta a nivel mundial (“Taxifornia”), lo que significa que no les importa dónde se encuentre ni dónde se obtengan sus ingresos; si tiene una dirección en California, le cobrarán impuestos. Por lo tanto, si tiene su domicilio en uno de esos estados, es posible que existan oportunidades de planificación fiscal asociadas con el traslado de su residencia estatal.
Regla de los 5 años
La mayoría de la gente conoce la regla de los 330 días, pero lo que la mayoría de la gente no sabe es que quedarse más tiempo en los EE. UU. le costará 5 años de impuestos.
Si pasa 36 días o más en los EE. UU., ya no será elegible para FEIE y, como tal, tendrá que revocarlo formalmente. Una vez revocado, no podrá reinvocarlo por otros 5 años sin solicitar permiso al IRS en una Carta Privada.
TL;DR
Sí: Es más probable que pueda realizar sus actividades profesionales legalmente en un país extranjero, siempre y cuando no interfiera con la economía local.
No: Probablemente es poco probable que califique para la FEIE y, en cualquier caso, debería presentar sus impuestos.
Sí: ¡Es absolutamente necesario buscar asesoramiento legal o fiscal de profesionales capacitados y calificados!
Este artículo fue escrito en colaboración con Miguel Alexander Centeno.
Miguel Alexander Centeno es socio de Shared Economy Tax (SET), la práctica tributaria nacional más grande de Estados Unidos enfocada únicamente en la Economía Colaborativa. SET centra sus prácticas en la prestación de servicios fiscales, contables y de asesoramiento a autónomos, así como a operadores de alquiler a corto plazo. No dudes en consultarlos para obtener más información.información.
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